JORNADAS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

JORNADAS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

La Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales tiene como núcleo el derecho de
los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Este derecho de los trabajadores implica un deber del empresario de proteger a los
trabajadores frente a dichos riesgos. En cumplimiento de dicho deber de protección, el
empresario debe aplicar unos principios de acción preventiva, cuyos tres primeros son:
- Evitar los riesgos
- Evaluar los riesgos que no se pueden evitar
- Combatir los riesgos en su origen


FOREM-A

ESTO ES UN SIMULACRO DE JORNADAS DE FORMACION EN PREVENCION DE RIEGOS LABORALES.
CURSO DE FORMADOR OCUPACIONAL (FOREM-A Y EL SAE)
DE MOMENTO NO TIENE NADA QUE VER CON LA REALIDAD.
PRONTO LO SERA.

Tema 6: DISPOSICIONES MÍNIMAS APLICABLES A LOS EQUIPOS DE TRABAJO PARA ELEVACIÓN DE CARGAS

A continuación se resumen las disposiciones del R.D. 1215/1997, aplicables a estos
equipos de trabajo.
1.) Instalación. Los equipos de trabajo para la  elevación de cargas deberán estar
instalados firmemente cuando sean equipos fijos o disponer de los elementos o
condiciones necesarias que garanticen su solidez y estabilidad durante su empleo en
los casos restantes.

2.) Indicación de la carga. En las máquinas para elevación de cargas deberá figurar
una indicación, claramente visible, de su  carga nominal y, si procede, una placa de
carga que estipule la carga nominal para  cada configuración de la máquina. Si el
equipo de elevación de cargas no está destinado a la elevación de trabajadores, deberá
fijarse una señalización adecuada visible.


                                                                       Figura 9

3.) Accesorios. Los accesorios de elevación (cables, cuerdas, cadenas, ganchos,
eslingas, etc.) deberán estar marcados con sus características esenciales (Figura 9).

4.) Caída de la carga. Los equipos de trabajo instalados de forma permanente deberán
contar con dispositivos que eviten la caída en picado de la carga, que se suelte la carga
o que se desvíe de forma involuntaria y pueda golpear a los trabajadores.

5.) Elevación o desplazamiento de trabajadores. Los equipos para elevación o
desplazamiento de los trabajadores deberán poseer las características apropiadas para:
- Evitar los peligros de caída del habitáculo
- Evitar los peligros de caída del usuario fuera del habitáculo
- Evitar los peligros de aplastamiento, aprisionamiento o choque del usuario, en
especial los debidos a contacto con objetos
- Garantizar la seguridad de los trabajadores, si, en caso de accidente, quedan
bloqueados en el habitáculo, permitiendo su liberación.